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ART. Análisis del Decreto 1475/2015 y su inconstitucionalidad.

Ref. Doctrina Especial para Utsupra. Derecho Laboral. ART. Análisis del Decreto 1475/2015 y su inconstitucionalidad. Por Daiana A. Dattoli. Abogada (USAL). Especialización en Contratos y derecho de daños. Socia titular de estudio jurídico especializado en Derecho del trabajo. SUMARIO: 1. Introducción. 2. Breve reseña de los fallos de la corte Suprema de Justicia de la Nación. 2.1 “Castillo, Ángel S. c. Cerámica Alberdi S.A.” 2.2 “Venialgo Inocencio c/ Mapfre Aconcagua Aseguradora De Riesgos Del Trabajo S.A. y Otro” 2.3 “Obregón, Francisco Víctor c/ Liberty ART. 3. Análisis del decreto 1475/2015. 4. Conclusión.


Análisis del Decreto 1475/2015 y su inconstitucionalidad

Por Daiana A. Dattoli. Abogada (USAL). Especialización en Contratos y derecho de daños. Socia titular de estudio jurídico especializado en Derecho del trabajo.

SUMARIO: 1. Introducción. 2. Breve reseña de los fallos de la corte Suprema de Justicia de la Nación. 2.1 “Castillo, Ángel S. c. Cerámica Alberdi S.A.” 2.2 “Venialgo Inocencio c/ Mapfre Aconcagua Aseguradora De Riesgos Del Trabajo S.A. y Otro” 2.3 “Obregón, Francisco Víctor c/ Liberty ART. 3. Análisis del decreto 1475/2015. 4. Conclusión.

1. Introducción.

Con fecha 31/07/2015 se publico en el boletín oficial una nueva disposición, la cual entró recientemente en vigencia en Octubre. Este es el decreto 1475/2015 que modifica el decreto 717/96 sobre el procedimiento especial de la ley 24557y la ley 26773 y la actuación ante las comisiones medicas.

Podemos leer en los considerando del decreto cual ha sido la finalidad del mismo; estableciendo que a los fines de poder darle al trabajador que ha sufrido un siniestro una pronta solución y reparación, es necesario establecer un procedimiento que le permita a éste ultimo percibir las prestaciones en tiempo oportuno “que con tal objetivo se pretendió avanzar en una respuesta normativa superadora de los aspectos mas controvertidos del sistema, con el fin de instrumentar un régimen que brinde prestaciones plenas, accesibles y automáticas”.

Por el momento solo me abocaré a mencionar cual ha sido, al menos desde la letra del decreto, la intención del mismo, pero me adelanto a comentar, que a mi parecer, los fundamentos distan mucho de ser tal como se los describe. Se lo considera a este decreto, reglamentario del procedimiento ante las comisiones medicas, como la solución a los conflictos existentes hoy día. Cuestión que sabemos, por la larga interpretación de nuestro Máximo tribunal, que la intervención ante las comisiones medicas no es obligatoria y asimismo constituye su actuar una extralimitación de funciones que las tornan inconstitucionales.

Así es que el decreto establece que Son las Comisiones Medicas los ...

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