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Algunas notas sobre el fallo Fontevecchia y D´Amico vs. Argentina por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ref. Doctrina Especial para Utsupra. Derecho Constitucional. Algunas notas sobre el fallo Fontevecchia y D´Amico vs. Argentina por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Lautaro Ezequiel Pittier. Abogado (UNLZ), Director de Asuntos Jurídicos de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora; Docente Adjunto de Derechos Humanos, Facultad de Derecho — UNLZ; Director del Instituto de Derechos Humanos del Colegio de Abogado de Lomas de Zamora.


Algunas notas sobre el fallo Fontevecchia y D´Amico vs. Argentina por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Por: Pittier, Lautaro Ezequiel


En un sorprendente fallo la mayoría de la Corte Suprema de Justicia (integrada por Lorenzetti, Highton de Nolasco, Rosenkrantz y Rosatti) en la causa "Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto s/ informe sentencia dictada en el caso "Fontevecchia y D´Amico vs. Argentina por la Corte Interamericana de Derechos Humanos" estableció un estándar interpretativo regresivo del art. 75 inciso 22 párrafo segundo de la Constitución argentina que rompió la lógica de sus precedentes, trituró los alcances del control de convencionalidad interno, colocó al Estado argentino en una posición delicada frente al sistema de protección convencional americano de derechos humanos, debilitó la fuerza normativa de los derechos humanos y vació de contenido el "núcleo ideológico" de la reforma constitucional de 1994.

Pero para poder entender un poco el caso repasemos brevemente de que se trata:
En 1997 un juez de primera instancia en lo civil rechazó la demanda interpuesta por el señor Menem. La sentencia fue apelada y en 1998, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal revirtió la decisión y condenó a la editorial y a Jorge Fontevecchia y Hector D´Amico a pagar la suma de la suma de $150.000,00 (PESOS CIENTO CINCUENTA MIL). Los demandados interpusieron un recurso extraordinario federal. En el año 2001 la Corte Suprema confirmó la sentencia recurrida aunque modificó el monto indemnizatorio, reduciéndolo a la suma de $60.000,00. (PESOS SESENTA MIL).

Con la instancia interna agotada, luego del trámite ante la Comisión Interamericana y elevado el caso a la Corte Interamericana, donde lleva la carátula "Fontevecchia y D´Amico" que eran respectivamente propietario y director de "Noticias" la Corte se concluyó que la revelación de la revista estaba justificada por tratarse Menem de una figura pública política, que la condena civil había sido un cercenamiento a la libertad de expresión, y se condenó al Estado Argentino.

Para cumplir esa condena, el ...

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