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Promover Emprendedores y ley 4.064.

Ref. Doctrina Especial para Utsupra. Derecho del Trabajo. Promover Emprendedores y ley 4.064. Por Rodolfo Capón Filas. Abogado (UNL). Doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales (UNL). Profesor emérito de Derecho del Trabajo (UNLZ). SUMARIO: Introducción. I. Causa final de la ley 4.064. II. Requisitos para acceder al programa legal. III. Beneficios. IV. Conclusión. Notas: 1. Los 8 pilares del Plan Productivo Nacional. 2. Programa Nacional para la Transformación Productiva.


PROMOVER EMPRENDEDORES

Ref. Doctrina Especial para Utsupra. Promover emprendedores y ley 4.064
Rodolfo Capón Filas. Abogado (UNL). Doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales (UNL). Profesor emérito de Derecho del Trabajo (UNLZ). SUMARIO: Introducción. I.Causa final de la ley 4.064. II.Requisitos para acceder al programa legal.III.Beneficios. IV. Conclusión. Notas: 1.Los 8 pilares del Plan Productivo Nacional. 2. Programa Nacional para la Transformación Productiva


“ En cuanto a los propios jóvenes, son tan directos como claros sus apuros; no tenemos la más remota idea de lo que nos deparará el futuro … En un mundo tan azaroso, no podemos menos que ser jugadores. Por elección o por necesidad. A fin de cuentas, esto último importa poco”

Zygmunt Bauman y Leónidas Donski. Ceguera moral. La pérdida de sensibilidad en la modernidad líquida, Paidós, Bs.As, 2015:115

“A mí se me hace cuento que empezó Buenos Aires:
La juzgo tan eterna como el agua y el aire”

Jorge Luis Borges, Fundación mítica de Buenos Aires, Obras Completas. Emecé, Tomo I, Bs.As. 1996: 81


Introducción

1. El emprendedor, solo o con otros busca nuevos caminos en la sociedad civil, sea en la investigación o en la comercialización del producto obtenido, encontrando, muchas veces mediante el método ensayo-error-correccción, un lugar en el mercado, el así llamado “nicho de mercado”.
Además de inteligencia, el emprendedor reúne sensibilidad, empatía, sentido del riesgo, coraje y decisión.

2. El conocido “ingenio criollo” es un terreno fértil para activar emrendedores dormidos. La ley que se analizará se basa en ese humus.

I.Causa final de la ley 4.064

3. La ley ha sido publicada en el B.O. de la CABA el 03.02.2012. Su decreto reglamentario 182/012, el 23.04.2012. Busca promocionar en el territorio de la Ciudad nuevas micro empresas para generar empleo y mejorar la calidad de vida de sus habitantes.

El art.1 describe expresamente dicha finalidad: “Creáse el Régimen de Promoción para las Nuevas Empresas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de fomentar su establecimiento, consolidación y regularización, contribuyendo así al aumento de sus actividades productivas y a la creación de nuevos puestos de trabajo sustentables.”

II. Requisitos para acceder al programa legal

4. Son los siguientes:

+ Podrán acceder las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades industriales, comerciales o de servicios en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siempre que se constituyan con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley y posean una antigüedad inferior a doce (12) meses contados a partir del inicio de sus actividades. Quedan excluidas del presente régimen las personas que tengan como actividad principal servicios financieros y/o inmobiliarios, la explotación de juegos de azar, la agricultura, la ganadería, la caza y pesca o la explotación de minas y canteras. A tal fin, se entiende que la actividad se desarrolla como principal cuando no menos de la mitad de su facturación provenga del ejercicio de algunas de las actividades mencionadas.

+ Se encuentren comprendidas en la clasificación de Pequeña y Mediana Empresa establecida en la Resolución N° 21/2010 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional dependiente del Ministerio de Industria de la Nación;

+ Se encuentren inscriptas como contribuyentes locales en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos ante la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP);

+Tengan una facturación anual neta del Impuesto al Valor Agregado, que no supere la suma de pesos un millón ($1.000.000);

+ Cuenten con al menos dos (2) empleados en relación de dependencia;

+ Cumplan con la normativa vigente en materia de habilitaciones

III. Beneficios

5. Los ingresos de las empresas beneficiarias estarán exentos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en un ciento por ciento (100%) durante el primer año, contado a partir de la notificación del acto administrativo que otorgue el beneficio. Durante el segundo año de permanencia en el régimen, se aplicará una exención de cincuenta por ciento (50%) del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

6. De todos modos, obran diversos programas adicionales:

Ciudad Emprendedora

Apunta a desarrollar y potenciar el ecosistema emprendedor con el objetivo que funcione de manera integral y así convertir a la Ciudad en la Usina Emprendedora de Latinoamérica.
Esto se logra a través de:

Vinculación: Propiciando acuerdos, convenios y mesas de intercambio con actores del ecosistema.

Coworking: Impulsando el desarrollo de los espacios de Coworking en la Ciudad.

Networking: Generando y comunicando espacios de interrelación personal para emprendedores, inversores, organizaciones sociales, universidades y referentes del ecosistema emprendedor.

Agenda Emprendedora

Herramienta construida en forma colaborativa por la Ciudad, organizaciones que fomentan el emprendedorismo y emprendedores que concentra actividades, eventos y capacitaciones.

Espacio de trabajo colaborativo

El Espacio de Trabajo Colaborativo (ETC) del Centro Metropolitano de Diseño (CMD) es un lugar para trabajar, crear e inspirarse, donde se respira innovación y obran las experiencias de otros que se enfrentan a desafíos en el camino de emprender.

El ETC es un espacio de trabajo colaborativo de carácter público que está a disposición de todos en la Ciudad.

IV. Conclusión

7. Es un proyecto que recién empieza. Hay que ayudarlo a avanzar.

Notas

1.Los 8 pilares del Plan Productivo Nacional

Reducción del costo del capital. La Argentina está en la puerta de una verdadera revolución que comenzó con la salida del cepo y el arreglo del litigio de los holdouts: obtener el costo del financiamiento más bajo de la historia para las familias y las PYMEs argentinas.

Mejorar el capital humano y la productividad laboral, fortaleciendo el sistema de formación para el trabajo, promoviendo el primer empleo y la formalización laboral, y reduciendo costos del ausentismo y la litigiosidad laboral.

Plan de infraestructura y energía. El más ambicioso de la historia para reducir los costos logísticos y asegurar la provisión de energía para las empresas argentinas, y en particular, para las PYMEs.

Plan de innovación y tecnología. Llevar la inversión en I+D a 1,5% del PIB, aumentando la inversión privada en particular y llevando la investigación científica a la producción, para crear más y mejores empleos.

Equidad y eficiencia fiscal. Sustentabilidad fiscal, lucha contra la evasión e impulso de una reforma tributaria federal con el objetivo de facilitar el crecimiento, aumentar la formalización y la inversión productiva.

Defensa de la competencia y la transparencia de los mercados. Favorecer la entrada de nuevas empresas, la baja del costo de los insumos, el aliento a la inversión y proteger los derechos de los consumidores.

Integración inteligente al mundo. Más exportaciones por medio de la apertura de nuevos mercados internacionales y la promoción de los productos y servicios argentinos en el mundo y la atracción de nuevas inversiones productivas.

Facilitación administrativa y desburocratización. Eliminar las barreras al emprendedorismo, a la creación de nuevas empresas formales, y reducir los costos de la interacción con el Estado.

2. Programa Nacional para la Transformación Productiva

Es una herramienta para impulsar el crecimiento y modernización de las empresas industriales argentinas. El eje está puesto en fortalecer su competitividad para que puedan generar nuevos negocios e insertarse en nuevos mercados, creando así más puestos de trabajo de calidad. Entre sus beneficios incluirá financiamiento, asistencia técnica y capacitaciones. Coordina acciones de los Ministerios de Producción y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social junto a empresas, cámaras, trabajadores y sindicatos.

El objetivo es ayudar a empresas que quieran:

Llevar adelante un proyecto de inversión que demande la creación de empleo.

Desarrollar nuevos productos y/o nuevas unidades de negocio, mejorar procesos productivos, adquirir maquinaria y/o tecnología para mejorar la productividad.

Transformarse hacia otras actividades más dinámicas donde haya más demanda o mejores oportunidades de negocio.

Aumentar su capacidad competitiva mediante procesos de integración con otras empresas.

Tipos de empresa que pueden aplicar al Programa:

Empresas transformables:

Aquellas que detectan oportunidades de transformación productiva para ser más competitivas; empresas que tengan capacidades y una estructura productiva que pueden orientar hacia actividades con mejores oportunidades de negocio; o empresas que mediante un proceso de fusión o adquisición pueden ampliar su potencial competitivo.

Empresas dinámicas:

Son empresas con proyectos concretos de ampliación de su capacidad productiva, que demandan en el corto/mediano plazo la creación de nuevos puestos de trabajo.

El Programa ayuda a las empresas a concretar tres tipos de Transformación Productiva:

Transformación competitiva: implica readecuar factores involucrados en los procesos productivos, para que la empresa siga operando en la misma actividad en la que se desempeña actualmente, pero aumentando su competitividad.

Transformación lateral: para aquellos casos que requieran una readecuación de los procesos productivos orientándolos a nuevas actividades más dinámicas.

Integración y consolidación: para aquellos casos donde la empresa tenga la posibilidad de integrarse con otra para aumentar su competitividad.

¿Qué beneficios reciben las empresas seleccionadas en el Programa?

Los beneficios varían según la empresa y de acuerdo con el Plan de Acción aprobado por el Comité Ejecutivo. Puede incluir financiamiento (préstamos directos, bonificación de tasas de interés, fondo de garantía), asistencia técnica en la elaboración del Proyecto de Transformación o de Inversión, incentivos para la creación de nuevos puestos de trabajo, y capacitaciones y certificaciones de competencias para trabajadores registrados en el Programa.

Empresas con proyectos de transformación competitiva:

– Préstamos directos: hasta $140 millones. Plazo de hasta 7 años (incluidos hasta 1 año de gracia sobre capital).

– Bonificación de tasa: hasta 6 puntos porcentuales (de acuerdo a los criterios preestablecidos) .

-Asistencia técnica para la elaboración de proyecto de transformación.

Empresas con proyectos de transformación lateral:

–Préstamos directos: hasta $140 millones. Plazo de hasta 10 años (incluidos hasta 2 años de gracia sobre el capital).

– Bonificación de tasa: hasta 6 puntos porcentuales (de acuerdo a los criterios preestablecidos)

-Asistencia técnica para la elaboración de proyecto de transformación.

Empresas con proyectos de integración y consolidación:

-Asistencia técnica para la operación de integración.

Otros beneficios disponibles:

– Fondo de garantía: a través de Sociedades de Garantía Recíprocas u otros Fondos de Garantía.

– Préstamos con cláusula de pago a mejor fortuna: según los criterios y condiciones que se establezcan en cada caso en particular (art 889 CCCN).

– Aportes no reembolsables: para casos excepcionales, que por las condiciones del proyecto, no sea viable instrumentar un préstamo en ninguna de sus modalidades.

Empresa dinámica:

– Suma fija mensual equivalente hasta un salario mínimo vital y móvil por trabajador incorporado del Programa, hasta por 9 meses.

– Crédito hasta 0,5 M por trabajador contratado, a una tasa bonificada en hasta 6 puntos porcentuales (de acuerdo a los criterios preestablecidos).

Otros beneficios disponibles para empresas dinámicas:

– Fondo de Garantía: a través de Sociedades de Garantía Recíprocas u otros Fondos de Garantía.

– Préstamos con cláusula de pago a mejor fortuna: según los criterios y condiciones que se establezcan en cada caso en particular (art 889 CCCN).

¿Cuáles son los requisitos para ingresar al programa?

Podrá postularse para ingresar al Programa cualquier empresa constituida en Argentina, que posea C.U.I.T. activo, empleados registrados y que cumpla con la normativa exigida para el desarrollo de su actividad. Deberá acreditar el cumplimiento de requisitos generales y específicos.

No podrán ingresar al Programa Cooperativas y Asociaciones Mutuales, ni empresas cuya actividad principal sea de servicios públicos o concesionaria de servicios públicos.

Criterios de admisión para Empresas Transformables:

Presentar un Proyecto de Transformación Productiva explicando Objetivos y Plan de Acción

No ser una empresa agroindustrial, de pesca, minería o de servicios no transables.

Ser una empresa con dificultades competitivas y/o productividad declinante, por causas externas a la empresa.

Criterios de admisión para Empresas Dinámicas:

Presentar un Proyecto de Inversión, explicando Objetivos, Plan de Acción y la descripción de la inversión que implique la incorporación de trabajadores.

Estar en curso normal de sus obligaciones impositivas y previsionales.

No haber realizado despidos sin justa causa que impliquen una disminución de más del 10% de su nómina de personal en 6 meses anteriores a la presentación del Formulario de Inscripción al Programa.



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