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Doctrina | Origen: Argentina : Fecha . Citar como: Protocolo A00435804723 de Utsupra.

Blockchain legal. El smart contract no es un contrato



Ref. Doctrina especial para UTSUPRA. Blockchain legal. El smart contract no es un contrato. DeFi, qué significa. Tokenización. Ejemplos. Conclusiones. Por Diego H. Moretti. // Cantidad de Palabras: 2442 Tiempo aproximado de lectura: 8 minutos


La blockchain ligada a lo legal, se traduce o concentra en los smart contracts. El blockchain es un sistema de contabilidad digital encriptada. No hay materia que se traslada, hay una contabilidad que se encripta.


El término en sí fue acuñado por el jurista y criptógrafo húngaro Nick Szabo a principios de los años 90. Si bien ya había hablado de ellos antes (en 1996 en Smart Contracts: Building Blocks for Digital Markets y no mucho más tarde en Formalizing and Securing Relationships on Public Networks), para muchos es un breve paper escrito en 1997, y denominadoThe Idea of Smart Contracts, el que da comienzo a todo. (1)

Entendía que una maquina expendedora de una lata de refresco, configuraba un smart contract por el cual a cambio de un pago, la misma entregaba un producto, todo en forma electromecánica y autónoma.

Es común que el jurista se sienta que está dando un paseo por la Nasa cuando se introduce en los términos de la tecnología de las criptomonedas, pero eso normal, el entorno refiere al de los ingenieros de sistemas, quienes dominarán dichos conceptos en forma natural de su disciplina.

Pero el profesional del derecho debe decidirse a manejar conceptos externos en este caso para poder comprender y tomar como suyo la sección legal de la blockchain.

Cumplimentado el deber de exponer este orden de ideas, la necesidad de explicar el por qué nos sentimos fuera de materia, el área está rodeada por nuevas tecnologías, denominadas DTL, o lo que es lo mismo, contabilidad en base de datos distribuidas, concepto este último que es paradójicamente central en la descentralización.

La característica principal, además de la criptografía utilizada, o sea, el componente de seguridad, el sellado digital seguro que representa esta tecnología, la descentralización es el segundo factor de securitización. Se genera una capa de consenso, en el cual por un sistema de replicación de la información por parte de los intervinientes de la red, generará el efecto de confianza y resguardo de la información.

Veamos un ejemplo. Efectúo una operación en la que cedo o remito un pago por medio de criptomoneda desde mi billetera a otra. Esta operación se contabiliza, emite, se cifra con un hash identificador y se coloca en una cola de salida, a la espera que el sistema blockchain la procese.

Esta operación será tomada por el software y se empaquetará en un bloque. Un minero aceptará el fee o comisión de pago para ejecutarla y encerrarla en el bloque actual de proceso. Los bloques se ejecutan en un plazo de tiempo que está determinado por el software central del protocolo blockchain y su versión vigente.

Ese bloque no es más que un conjunto de datos que encierran todas las operaciones efectuadas en la criptomoneda. El bloque finalmente es resuelto por un minero, que recibe una recompensa. En la realidad, ese minero es un pool o cooperativa de computadoras o sistemas asics, que se asocian para acumular potencia computacional – denominado hashing power- y recibirá esa recompensa, en unidades de criptomonedas, también todo coordinado y estipulado por el software central del protocolo.

El sistema luego pasa a las confirmaciones, o sea, la replicación por la red de esta nueva información que pasa de nodo en nodo, estableciendo un nuevo bloque que quedará inmutable por siempre bajo una hash de encriptación de control.

Qué es un hash de seguridad, como funciona?.

Un hash es una frase criptográfica que permite validar la información desplegada. Por ejemplo cualquier archivo en nuestro computador posee un hash, o sea, una cadena de caracteres que se conforma con la información en él contenida y puede ser utilizada para cotejar que ningún cambio se le haya efectuado. Un cambio en el contenido producirá la modificación de la cadena de hashing y generará un alerta de corrupción en la información contenida.

Volvamos a nuestros smart contracts.

Hay varias cuestiones por las cuales vamos a apoyar la afirmación inicial del presente ensayo. El smart contract no es un contrato legal. Vamos a completar el concepto. Un smart contract implica la existencia de un contrato fuera de la matrix cripto, pero ello no lo impone como contrato autónomo. La virtualización es un compartimiento de un contrato macro.

Establezcamos un ejemplo en un contrato de seguro. Una compañía podría empaquetar un sistema que cobre todos los meses la prima y comisiones, además de establecer un sistema de pago de contingencias. En este caso, el contrato macro será la póliza con todas sus condiciones. El smart contract ejecutor pasa a comportarse como un administrador de los recursos, o sea, es una parte de aquel, esencial, pero no es la totalidad ni autónomamente un contrato, de hecho, en el sector de los seguros, los contratos son fuertemente regulados bajo licencias y autorizaciones del estado que atomizan el concepto de smart contract fuera de la estructura legal de las contrataciones.

Por otro lado, las partes pueden no estar determinadas o individualizadas, sino por medio de sus direcciones o billeteras. Es dificil establecer jurisdicciones o cláusulas contractuales no pecuniarias. El smart contract se centraliza en la distribución de recursos conforme datos internos y externos del blockchain.

Los datos externos al blockchain, son ingresados al sistema por los denominados parsers o interpretadores de datos. Hay varios sistemas utilizados, pueden ser leidas bases de datos externas al blockchain, datos en protocolo html o uno de las más utilizados que son los conectores en json.

Otro elemento que nos quita de lleno de la órbita contractual legal, es la posibilidad del anonimato de los participantes. No olvidemos que los sistemas de blockchain tienen ciertas capacidades de ocultamiento. Algunas más otras menos, por ejemplo, protocolos conocidos, como hoy el criptonote, que es basado exclusivamente en dicho anonimato.

A la vez del anonimato, los contratos que suelen permanecer en los ámbitos privados de las relaciones interpersonales comerciales o civiles, en el blockchain están expuestos en forma abierta y global. Esta característica aplicada a los contratos legales, puede asimilarse a la teoría registral y su faceta de interposición a terceros -erga omnes- la que podría casi descontarse.

Ahora tratemos otro tema que hace a la concepción de un contrato, su aplicación temporal. El contrato supone una fecha de firma, su concreción. Su aplicabilidad impondrá su imperio en todo momento, mientras dure, cumpla su vigencia y finalmente se extinga. El smart contract se crea en un fecha determinada, pero luego la ejecución del mismo lleva la necesidad de pagar una comisión denominada GAS. El contrato no se autoejecuta. Debe darse una condición disparada por un evento o una ejecución, como puede ser una venta online, una fecha concreta, un momento, un vencimiento estipulado. Además el contrato buscará el GAS existente en su cuenta de comisión. Si en dicho momento no existe el GAS necesario para su ejecución, el contrato no se llevará a cabo su ejecución -execution-.

Esto en la realidad jurídica no sucede. El contrato se ejecutará en todo momento, no hay nunca una cuenta vinculada que genere un gasto su aplicación extrajudicial natural. A lo sumo, si opera un incumplimiento de algún tipo, podrá despertar la actividad punitiva del mismo. La inexistencia del GAS podrá hacer ejecutar un segundo smart contract vinculado o programado para dicho evento, pero será siempre de ejecución imposible el smart contract carente de GAS de ejecución.

Ahora, estamos en el ámbito de la tecnología. Ello implica que la carencia o falencia para poder ser determinado como sistema legal autónomo actual, no puede ser afectada por la evolución de un sistema que si aplique, elimine las barreras existentes o combine sistemas legales y virtuales en uno sólo.

Los smart contract incluso pueden ser o programarse como la combinación de muchos contratos, o contratos colectivos interconectados. Por eso seguimos adoptando la aseveración de que un smart contract no configura autónomamente un contrato, por otra parte, puede superarlo en un ecosistema de contratos vinculados. La realidad es que los carriles no dejan de separarse en estos estadíos iniciales.

Es de importancia entonces sostener este orden de ideas. La tecnología blockchain y la de los smart contract en su aplicación, tienen apenas desde 2013, hoy, 7 años de vida. Es incipiente y los momentos son fundacionales. Queda mucho por recorrer aún, los juristas por su parte también deben indiscuirse en la temática. Los nuevos operadores incorporados actualmente al derecho, ya son nativos digitales, contrastan naturalmente con conceptos que en nuestros inicios eran demasiado ajenos a la carrera y sus materias.

Nosotros lidiamos con otra problemática, quien regulaba internet, donde se decidía que jurisdicciones afectaban, la privacidad versus la nueva forma de exposición y la problemática de buscadores e índices de contenidos.
Hemos recorrido un veloz viaje transcurrido desde dichos albores a las nuevas tecnologías que se suceden.

DEFI.

Incluso dentro de la blockchain ya pasamos a comprobar conceptos viejos y nuevos. El Defi. Finanzas Descentralizadas. Subcapa basada en los smart contracts. Se generan así proyectos de tendencia inversora o financiera, anclada en contratos inteligentes, por medio de los cuales en forma automática, se produce una relación de valor agregado a modo de activos financieros.

Veamos un ejemplo para entender que es el DEFI. La moneda o token -ahora veremos la diferencia- DAI, que configura un dolar digital virtual, recostado en la blockchain de ethereum -cripto capa uno-.

Por medio de un sistema de gobernanza tipo DAO, o sea, sistema de gobierno descentralizado organizacional, se crea un smart contract en la cadena mainnet de ethereum, protocolo erc20, en el cual se inmobilizan criptomonedas susceptibles de valor de dicha cadena ethereum y se emite o dispone de una cripto, que bajo una fórmula programada, hará que la determinación de criptomoneda anclada, y su correspondiene emisión, produzca una moneda capa dos estable, que nominalmente valdrá un dolar estadounidense.

El sistema compone entonces un smart contract denominado del tipo DEFI -se pronuncia DIFAI en inglés- que produce un token -producto blockchain de capa dos-, de valor nominal un dolar.

Presenta elementos petreos, que tampoco son tales, pero a priori si. Una formulación financiera que posibilita un resultado, ante el algoritmo programado DAI en la red de Ethereum.

Ese gobierno DAO podrá luego por consenso y conforme lo establezcan sus estatutos, modificar esa fórmula de emisión bajo otro smart contract y modificar la originario, pero como dijismo, a priori es una fórmula que se compila y encripta dentro de la blockchain para dar seguridad de procedimiento.

Como diferenciamos una criptomoneda de un token.

Son dos conceptos similares pero diferentes a la vez. Una criptomoneda, como decimos en un producto blockchain de capa uno. Son el producto directo de un protocolo, de un ecosistema propio. Esta blockchain puede a la vez establecer un sistema y producir derivados tecnológicos -no financieros-. Estos subproductos son los denominados TOKENs y serán los denominados de CAPA DOS.

Veamos también un ejemplo. El DAI que establecimos anteriormente es un token de capa dos.

Minergreen es un activo que representa no directamente plantaciones forestales en varios paises del arbol de la paulownia. Brevemente diremos que es un árbol muy noble, en Argentina denominado kiri, que presenta maderas duras y livianas, ignífugas, la principal materia prima del sistema de muebles Ikea europeo.

Emiten un token en la cadena ethereum, bajo un smart contract que a sus determinados plazos podrán ser representantes de cierta cantidad de metros cúbidos de madera industrializable. Es posible su emisión mediante el sistema de tokenización o como aquí lo denominamos de capa 2. Este genera todo un ecosistema abierto de nuevas posibilidades. Otros ejemplos, token inmobiliarios, en lo cuales se puede establecer en un inicio el valor final de metros cuadrados a entregarse, ya colocarse el valor estimado nominal de cada token conforme esos metros y ser distribuidos en el inicio de un desarrollo inmobiliario. Asi por ejemplo un proyecto con una incidencia de 1200 metros cuadrados, puede emitirse una cantidad de 2.400.000 tokens de un dolar cada uno. Así se saca a la venta, esos tokens que representan como un SECURITY cada uno un dolar de 2000 por cada metro cuadrado futuro y se efectúa el reparto al dueño del lote, a la constructora y a los compradores del metro final. La constructora podrá luego hacerse de unidades construidas o vender esos tokens a terceros, lo mismo el desarrollador que ya puede disponer de los recursos y quien entregue el lote podrá intercambiarlos por unidades futuras, cocheras, etc.

Demás está decir que estos tokens, nacen también, se gestan por medio de un smart contract, que determina su profundidad decimal, su denominación, su emisión y hasta sus valores nominales de ser necesarios -stable coins-.

CONCLUSIÓN.

Bueno, quizás para el ámbito teórico salimos de nuestros esquemas habituales, pero creo que en un ejemplo podemos dar vida a conceptos que parecen de pura abstracción y tecnología, en uno que pueda palparse y entenderse en la vida real.

Este concepto que establecimos sobre los alcances legales de un smart contract, entendimos que fue un catalizador para explicar en el trayecto, la tecnología que hay detrás, los elementos en que se incursiona, como funciona una criptomoneda y como se diferencia de un token, para que se los puede utilizar. Cuál es la virtualidad y como se determina la existencia de un smart contract.

El smart contract de la cadena de ethereum, como se considera al estardar de la actualidad, representa esta estructuración, pero seguramente veremos desformaciones y evoluciones en pos de su mejora constante, cambios de tecnologías o nuevas configuraciones. Existen muchas otras criptos que también encierran el concepto de capa uno y dos, pero el que lidera hoy es esta cadena de bloques mencionada, segunda criptomoneda en el market cap – capitalización de mercado de capitales, hoy superando los 40 billones de dólares- 40.000.000.000 -billón sajón-.

Dejamos muchos ejemplos y conceptos para nuevos ensayos de este tipo, pero como manifestamos, pudimos al menos conjugar un acercamiento al conocimiento de las criptomonedas por parte de su entorno y tecnología, la blockchain.

CITAS LEGALES
(1) https://terminosycondiciones.es/2016/09/21/como-crear-smart-contract-mediante-terminos-condiciones/


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