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Doctrina | Origen: Argentina : Fecha . Citar como: Protocolo A00435873199 de Utsupra.

La señal o arras en el Código Civil y Comercial: Diferencias con el Código de Vélez y aplicación práctica



Ref. Doctrina Especial para UTSUPRA. Derecho Civil. La señal o arras en el Código Civil y Comercial: Diferencias con el Código de Vélez y aplicación práctica. Por Nicolás M. Liberatore. Abogado graduado con diploma de honor de la Facultad de Derecho y Cs. Sociales (UBA). Docente de Contratos Civiles y Comerciales de la Facultad de Derecho y Cs. Sociales (UBA). Socio Titular de Liberatore & Asociados. SUMARIO: 1. Introducción; 2. Las arras penales, penitenciales y confirmatorias. 3. Código Civil vs Código Civil y Comercial.

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1. Introducción

Nuestro antiguo Código Civil Velezano, ya en su redacción original allá por mediados del siglo XIX, preveía en su Art. 1202 la facultad de entregar una señal o arras a los fines de asegurar el cumplimiento del contrato. Sus antecedentes directos datan de dos de las fuentes más utilizadas por el Gran Dalmacio, como son la obra de Aubry y Rau y el Esboço de Freitas, quien en sus Arts. 1910 a 1912 preveía un instituto de características muy similares al que aquí trataremos.

Ahora bien, el objeto de estas líneas es analizar la modificación del principio general de la seña en el pasaje de un código a otro y las problemáticas que puede ocasionarnos ello desde la práctica.

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