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Doctrina | Origen: Argentina : Fecha . Citar como: Protocolo A00435911842 de Utsupra.

Firma Digital. Algunos comentarios sobre la Resolución N° 1378/2019 de la Jefatura de Gabinete de Ministros-Secretaría de Gobierno de Modernización,



Ref. Doctrina Especial para UTSUPRA. Derecho Informático. Algunos comentarios sobre la Resolución N° 1378/2019 de la Jefatura de Gabinete de Ministros-Secretaría de Gobierno de Modernización relativa a la aplicación de la Sanción de Caducidad de Licencia de firma digital. Por Leonor Guini. Abogada UBA, Título de posgrado como abogada especialista en Derecho de la Alta Tecnología en la UCA (2005). Ha desarrollado proyectos de regulación compleja en seguridad tales como los relacionados con la Autoridad Certificante Raíz de la República Argentina y el licenciamiento de Prestadores de Servicios de infraestructura de clave pública del Sector Privado. Ha participado como asesora legal en proyectos relacionados con firma electrónica/digital, protección de datos, historia clínica digital y en temas relacionados con Propiedad Intelectual. Realizó relevamientos y Auditorías integrales relacionados con la implementación de infraestructuras de firma digital. Certificada por la Asociación Española de Calidad como Delegada en Protección de Datos, cargo que desempeña actualmente en Gire SA como DPO Externa. Actualmente se desempeña como adjunta del Posgrado de “Derecho Informático” de la UBA. SUMARIO: Introducción. El caso concreto. Aplicación de la normativa que rige la IFD RA al caso concreto. Consecuencias de la sanción aplicada al certificador. Conclusión. // Cantidad de Palabras: 2590 Tiempo aproximado de lectura: 9 minutos




Introducción

El ente Licenciante conformado por el Ministerio de Modernización como Autoridad de Aplicación de la Infraestructura de firma digital de la República Argentina (IFD RA) y la Secretaría de Modernización interviene en el otorgamiento de licencias a los certificadores, define la existencia de una Autoridad Certificante Raíz Nacional para la emisión de los certificados a los certificadores licenciados y, conforme surge del art.40 de la ley 25.506 interviene en la aplicación de sanciones a los certificadores licenciados ante el incumplimiento de sus obligaciones.

En el presente caso la sanción impuesta a ENCODE SA en su carácter de certificador licenciado es la más grave que establece la normativa y se t ...

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Fuente | Autor: PREMIUM BLACK CONTENIDOS/PREMIUM BLACK CONTENIDOS










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