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Doctrina | Origen: Argentina : Fecha . Citar como: Protocolo A00444631931 de Utsupra.

Responsabilidad por daños en el deporte.



Ref. Doctrina Especial para UTSUPRA. Derecho Civil. Responsabilidad por daños en el deporte. Por Gabriela Volpe. Abogada. Facultad de Derecho (UBA). Ayudante Docente del Centro de Formación Profesional, Departamento de Práctica Profesional, Facultad de Derecho (UBA). SUMARIO: 1- Introducción; 2- Marco regulatorio argentino 3- Alcance de responsabilidad. Asunción de los riesgos en el fútbol por sus participantes; 4- Fideicomiso deportivo; 5- Obligaciones del prestador de servicios deportivos. Jurisprudencia; 6- Conclusión; 7- Citas Legales. Código FO05224. // Cantidad de Palabras: 4480 Tiempo aproximado de lectura: 15 minutos




1-Introducción.

La relación contractual de un evento deportivo surge primariamente entre el espectador y el organizador, toda vez que para asistir al mismo el espectador abona el valor de la entrada la cual incluye el seguro del asistente al espectáculo. De allí surge que el organizador del evento debe mantener indemne al espectador desde que se inicia el espectáculo hasta que el mismo finaliza con excepción de que pueda probar que el daño que se produjo por culpa del damnificado, de un tercero, por caso fortuito, fuerza mayor o la ruptura del nexo causal siendo la responsabilidad de carácter solidario entre el organizador y las entidades participantes del evento para lo cual; los parámetros a los fines de establ ...

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Fuente | Autor: PREMIUM BLACK CONTENIDOS/PREMIUM BLACK CONTENIDOS










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