Fallo Sumario. | Origen: Argentina : Fecha 10/27/2015. Citar como: Protocolo A00393819773 de Utsupra.
Vigencia temporal del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en incidente de familia. Art. 7 NCCC.
Ref. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Sala: B. Causa: 28774/2014. Autos: RVM C/ BHJ S/ ART 250 CPC - INCIDENTE FAMILIA. Cuestión: Nuevo Código Civil y Comercial, vigencia temporal art. 7 en cuestiones de familia. Fecha: 24-SET-2015.
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