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- Cambio en el cronograma de turnos del fuero Contencioso Administrativo y Tributario
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Fallo Sumario. | Origen: Argentina : Fecha . Citar como: Protocolo A00435793010 de Utsupra.

Cambio en el cronograma de turnos del fuero Contencioso Administrativo y Tributario



Ref. Así lo dispuso la presidenta de la Cámara de Apelaciones del fuero, Mariana Díaz.
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Tras una presentación del titular del Juzgado n.° 18 del fuero, Marcelo López Alfonsín, quien acompañó un certificado médico acreditando encontrarse en el grupo de riesgo en el marco de la pandemia. Por tanto, y en los términos del art. 8° de la resolución CM n.° 59/2020, que «excluye a los grupos de riesgo y mayores de 60 años de intervenir como jueces de turno con una finalidad sanitaria», la presidenta de la Cámara dispuso actualizar el cronograma de turnos y adelantar de modo correlativo la nómina de intervención de magistrados contemplada en el cronograma de turnos difundido el 19 de diciembre de 2019.

Es así que quien cumplirá el turno que comienza hoy, miércoles 13 de mayo a las 15 horas y finaliza el 20 de mayo a las 9, será la magistrada que subroga el Juzgado n.° 19, Andrea Danas.-

Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires

Fuero Contencioso Administrativo y Tributario

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de mayo de 2020.

Téngase presente lo informado por el Secretario General. Cabe destacar que en art. 10 de la resolución CM N° 63 se dispuso: “Determinar que las licencias otorgadas en virtud de edad, salud, enfermedades preexistentes, todas relacionadas a la emergencia sanitaria, contemplan únicamente la situación de no concurrencia al lugar físico de trabajo. La obligación de prestación de servicios en forma remota sólo puede ser excepcionada ante la solicitud de las restantes licencias reglamentarias o mientras esté vigente la licencia especial dispuesta en el art. 9 de la Res. CM N° 58/2020. La presente prorroga implica la encomienda a las Cámaras a que arbitren lo necesario para proponer las sustituciones que correspondan en función de los artículos 7° y 8° de la Res. CM N° 59/2020” (el destacado es propio).
Por su parte, en el art. 7° de la resolución CM N° 59/2020 se estableció: “Disponer que los magistrados, funcionarios y empleados que superen los 60 años y/o integren los grupos de riesgo, deberán realizar en los supuestos de excepción aquí previstos, exclusivamente tareas remotas. En caso que los primeros deban intervenir en un acto procesal de forma presencial serán subrogados por los magistrados de turno”.
Por su parte, en el art. 8° se dispuso: “Establecer que sólo podrán ser jueces de turno aquéllos que no integren los grupos de riesgo ni superen los 60 años de edad”.

Mediante la resolución N° 2 de esta Presidencia de esta Cámara se dispuso en su art. 1°: “Encomendar al Secretario General que solicite -vía email- a la Dirección General de Factor Humano la nómina de magistrados alcanzados por los términos del art. 10 de la Res. CMN°63/20″”.

Efectuada la comunicación, el 17/04/20 se recibieron dos emails a la casilla del Secretario General donde se informó: “Conforme registros de la Oficina de Licencias, a la actualidad ningún Magistrado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario ha requerido licencia para estas fechas”. Pero no obstante ello, los magistrados mayores de 60 años resultaban ser los Dres. Cilurzo, María Rosa; Zuleta, Hugo Ricardo; Liberatori, Elena Amanda; López Vergara, Patricia; Otheguy, Osvaldo Oscar; y Centanaro, Esteban.

Cabe destacar, asimismo, que la actual resolución N°68/2020 no ha modificado lo establecido por los arts. 7° y 8° de la resolución CM N° 59/2020 ni del art. 10 de la resolución CM N° 63/2020.

En tanto la Dirección General de Factor Humano ha informado que el Dr. Marcelo López Alfonsín ha acompañado un certificado médico acreditando encontrarse en el grupo de riesgo en los términos del art. 8° de la resolución CM N° 59/2020, que la norma citada excluye a los grupos de riesgo y mayores de 60 años de intervenir como jueces de turno con una finalidad sanitaria, y que el Consejo de la Magistratura encomendó a “las Cámaras a que arbitren lo necesario para proponer las sustituciones que correspondan en función de los artículos 7° y 8° de la Res. CM N° 59/2020” (art. 10, res. CM 63/2020), corresponde actualiza el cronograma de turnos a fin de dar cumplimiento a la normativa citada.

En consecuencia, en razón de lo previamente expuesto, resuelvo:

Dar por cumplidos los recaudos pertinentes a fin de aceptar el planteo formulado por el Dr. Marcelo López Alfonsín (titular del Juzgado N° 18) y, en consecuencia, adelantar de modo correlativo la nómina de intervención de magistrados contemplada en el cronograma de turnos oportunamente conformado con fecha 19 de diciembre de 2019.
Encomendar al Secretario, de conformidad con lo dispuesto en el art. 2 de la resolución de Presidencia N° 2, la actualización del referido cronograma de turnos correspondiente al primer semestre del año en curso, a partir de lo aquí decidido y teniendo en cuenta lo informado en relación con las situaciones previstas en el art. 10 de la resolución CM 63/2020.
Notificar a la Dirección General de Factor Humano para que, en lo sucesivo, informe a la Secretaría General de la Cámara de Apelaciones a la casilla de correo del Secretario General (cdebrabandere@jusbaires.gob.ar) aquellas licencias o solicitudes alcanzadas por los términos del art. 10 de la resolución CM 63/2020 (cf. arts. 7 y 8 de la res. 59/2020).
Hacer saber lo dispuesto, a la Presidencia del Consejo de la Magistratura, a la coordinación del servicio de turnos 0800 122 JUSBAIRES, al Departamento de Información Judicial para su publicidad así como a los magistrados alcanzados por la resolución 63/2020.
Res. Pres. CCATyRC N° 4.

Mariana Diaz
Presidente CCATyRC
Lugar: CABA





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