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- Prórroga medidas cautelares Pcia. de Bs. As.
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Fallo Sumario. | Origen: Argentina : Fecha . Citar como: Protocolo A00435827248 de Utsupra.

Prórroga medidas cautelares Pcia. de Bs. As.



Ref. SPL 71/20.- Prórroga medidas cautelares Pcia. de Bs. As. Exple. 5/20 Sec. Planif. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Prórroga de las medidas cautelares o de proteccion judicialmente decretadas por situaciones de violencia familiar, de genero, restriccion a la capacidad o adultos mayores, salvo que el juez de la causa tome una decision en contrario. // Cantidad de Palabras: 546 Tiempo aproximado de lectura: 2 minutos




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Exple. 5/20 Sec. Planif.

VISTO: La Resolucion de Cortc N° 1250/20, por la cual se establecieron las pautas de prestacibn del servicio de justicia en las cabcceras departamcntales y sedes descentralizadas de General San Martin, La Matanza, La Plata, Lomas de Zamora, Moreno-General Rodriguez, Moron, Quilmes y San Isidro; y, su similares N° 1252/20 y N° 1354/20 y la Resolucion de Presidencia SPL N° 65/20, por las cuales sc hizo lo propio con los Juzgados de Paz de Caiiuelas, Exaltacion de la Cruz, General Las Heras, Brandsen, Pilar, Berisso, Ensenada, Presidente Peron, Berazategui, Florencio Varela, Almirante Brown, Ezeiza, Esteban Echeverria, Merlo, Ituzaingo, Hurlingham, Malvinas Argcntinas, Jose C. Paz, San Miguel, Vicente Lopez, San Fernando, Tigre, Lujan, San Vicente, Marcos Paz, Escobar y Tres de Febrero; y,

CONSIDERANDO:

1°) Que, a traves de las citadas Resoluciones, se prorrogaron -en principio- hasta el 30 de noviembre y/o 7 de diciembre las medidas cautelares o de proteccion judicialmente decretadas por situaciones de violencia familiar, de genero, restriccion a la capacidad o adultos mayores, salvo que el juez de la causa tome una decision en contrario en el caso en concreto y/o que la propia victima o parte solicite su cese o una medida distinta. Asimismo, durante dicho plazo, se establecio que los jueces deberian efectuar un seguimiento y revision de dichas medidas, a fin de adoptar las decisiones que estimen pertinentes en funcion del caso.

Que, posteriormentc mcdiante Resolucion de esta Presidencia N° 69/20 se extendieron dichos plazos hasta el 18 de diciembrc del corriente año

2°) Que diversos organos jurisdiccionales competentes en las citadas materias han puesto de manifiesto la necesidad de extender el plazo de vigencia, a fin dc poder cumplimentar en forma adecuada con el deber de seguimiento y revision a su cargo, por lo que a los efectos de una correcta tutela judicial, resulta conveniente extender dicho plazo hasta el 10 de febrero de 2021 inclusive.

3°) Que han informado, en el ambito de sus respectivas competencias, las Secretarias de Planificacion y de Servicios Jurisdiccionales y la Direccion de Justicia de Paz Letrada.

POR ELLO, el senor Presidente de la Suprema Corte en ejercicio de sus atribuciones delegadas (arts. 3° y cones., Resoluciones de Corte N° 655/20, 583/20 y 1250/20) y con arreglo a lo establecido en el articulo 5° del Acuerdo N° 3971,

RESUELVE:

Articulo 1°: Disponer por ultima vez la prdrroga y/o ampliacion del plazo de vigencia de las medidas cautelares o de protection judicialmente decretadas por situaciones de violencia familiar, de genero, restriction a la capacidad o adultos
mayores, hasta el 10 dc febrero de 2021 inclusive, en los organos jurisdiccionales comprendidos en las Resoluciones de Corte N° 1250/20, 1252/20 y 1354/20 y Resolucion de Presidencia SPL N° 65 20, salvo que el juez de la causa haya tornado o tome una decision en contrario en el caso en concreto y/o que la propia victima o parte solicite su cese o una medida distinta. Durante dicho lapso los jueces efectuaran un seguimiento y revision de dichas medidas, a fin de adoptar las
decisiones que estimen pcrtincntes en funcion del caso.

Articulo 2": Poner en conocimicnto la presente en el proximo Acuerdo de Ministros.

Articulo 3°: Regislrese, pongase en conocimiento de la Procuration General, comuniquese via electronica lo aqui resuelto y publiquese en la pagina Web de la Suprema Corte de Justicia, encomendando a la Direccion de Comunicacion y Prensa su difusion en los medios de comunicacion masiva.







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