Fallo Completo.

COSTAS A LA ACTORA POR RENUENCIA A EFECTUAR PRUEBA PERICIAL MÉDICA. ANTECEDENTE CSJN LOPEZ.



Ref. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Sala: I.. Causa: 524/2013. Autos: BARZOLA CARLOS EMANUEL c/ ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL. Cuestión: COSTAS A LA ACTORA POR RENUENCIA A EFECTUAR PRUEBA PERICIAL MÉDICA. ANTECEDENTE CSJN LOPEZ.. Fecha: 12-OCT-2018.




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AUTOS: BARZOLA CARLOS EMANUEL c/ ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

TRIBUNAL: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo

SALA: Sala: I.

CAUSA: 524/2013

CUESTIÓN: COSTAS A LA ACTORA POR RENUENCIA A EFECTUAR PRUEBA PERICIAL MÉDICA. ANTECEDENTE CSJN LOPEZ.

FECHA: 12-OCT-2018
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Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
SALA I
Causa N°: 524/2013 - BARZOLA CARLOS EMANUEL c/ ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Juzgado N° 1 Sentencia Interlocutoria N° 70297

Buenos Aires, 12 de Octubre de 2018.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 12 días del mes de Octubre de 2018, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

La Dra. María Cecilia Hockl dijo:

I. Contra la sentencia de fs. 74/75 se alza la parte actora a tenor del memorial de fs. 76/77 y vta., por considerar errónea la forma en que fueron impuestas las costas del proceso, lo cual no mereció réplica de su contraria.

II. Concuerdo con la imposición de costas al actor pues, como se puede apreciar, el apelante no logró acreditar los extremos fácticos fundantes de su pretensión. Como se observa, se lo tuvo por desistido de la prueba pericial médica (ver fs. 69), sin que dicha parte haya objetado esa resolución.

Nuestro máximo Tribunal, tuvo oportunidad de expedirse en la causa "López, Enrique Eduardo c/ Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales SA s/ Accidente - Ley Especial" (sentencia del 04/07/2017, publicada en Fallos: 340: 910), en la cual se consideró la actitud renuente asumida por el actor frente a las reiteradas citaciones que le fueron cursadas con el objeto de practicar el informe pericial a los fines de la determinación de la incapacidad laboral que había denunciado. Ello originó que se descalificara la sentencia que cargó con los gastos del proceso a la parte demandada, sin fundamento válido.

Con base en tal criterio general, en el caso de autos, no se verifica mérito alguno para apartarse del principio general de la derrota receptado en el art. 68 1° párrafo del CPCCN. Por tales razones, propongo confirmar la imposición de costas decretada en origen (art. 68 CPCCN).

III. En síntesis, de prosperar mi voto correspondería: I) Confirmar la imposición de costas decretada en origen y II) Sin costas de Alzada atento a la inexistencia de réplica.

La Dra. Gloria M. Pasten de Ishihara dijo:

Que adhiere a las conclusiones del voto que antecede, por análogos fundamentos. De conformidad con lo que resulta del precedente acuerdo, SE RESUELVE: I) Confirmar la imposición de costas decretada en origen y II) Sin costas de Alzada atento a la inexistencia de réplica.

Regístrese, notifíquese, oportunamente comuníquese el presente pronunciamiento (art. 4° Acordada CSJN N° 15/13) y devuélvase. mss

Fecha de firma: 12/10/2018
Firmado por: ELSA ISABEL RODRIGUEZ, PROSECRETARIA LETRADA DE CAMARA Firmado por: GLORIA M PASTEN DE ISHIHARA, JUEZA DE CAMARA
Firmado por: MARIA CECILIA HOCKL, JUEZA DE CAMARA









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